LOTAIP - 2021


Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.

ENERO - DICIEMBRE 2021

Literal a1.- Organigrama de la Institución.

Literal a2.- Base legal que rige a la institución.

Literal a3.- Regulaciones y procedimientos internos.

Literal a4.- Metas y objetivos unidades administrativas.

Literal b1.- Directorio de la Institución.

Literal b2.- Distributivo del Personal.

Literal c.- Remuneración mensual por puesto.

Literal d.- Servicios que ofrece y la forma de acceder a ellos.

Literal e.- Texto íntegro de contratos colectivos vigentes.

Literal f1.- Formularios o formatos de solicitudes.

Literal f2.- Formulario para acceso a la información pública.

Literal g.- Presupuesto de la Institución.

Literal h.- Resultados de auditorías internas y gubernamentales.

Literal i.- Procesos de contrataciones.

Literal j.- Empresas y personas que han incumplido contratos.

Literal k.- Planes y programas en ejecución.

Literal l.- Contratos de crédito externos o internos.

Literal m.- Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía.

Literal n.- Viáticos, informes de trabajo y justificativos.

Literal o.- Responsable de atender la información pública.

Literal s.- Resoluciones, actas y planes de desarrollo.